PENSANDO SOBRE LO IMPENSABLE           

Al tratar con las necesidades y las demandas de un niño con un retraso en el desarrollo o la discapacidad puede ser abrumador. Tan abrumador, de hecho, que es fácil pasar por alto la planificación de la atención del niño en caso de que los padres ya no estén presentes. La simple idea de reunirse con un abogado para desarrollar un plan de sucesión del patrimonio familiar para su familia, especialmente si usted tiene un niño con una discapacidad, puede ser intimidante. Pero ignorar el tema es uno de los errores más grandes que se puede hacer. Un testamento bien preparado, como mínimo, es esencial para cualquier familia con niños, pero es doblemente importante si usted tiene un niño con una discapacidad.

Hay cuatro documentos básicos en cualquier plan de sucesión del patrimonio familiar:

  • Testamentos;
  • Poder notarial financiero;
  • Poder notarial médico; y
  • Directiva para médicos (a menudo llamado “ un testamento en vida”).

Los padres con un niño que tiene una discapacidad también deberían considerar un fondo para complementar necesidades. Veamos lo que cada uno de estos documentos significa y lo que cada uno hace.

TESTAMENTOS

Un testamento es un documento que indica cómo quiere usted que su propiedad se distribuya cuando usted muera. Si usted tiene un niño que no puede tomar decisiones legales o financieras, tales como un menor de edad o un niño con una discapacidad, el testamento contiene disposiciones de tutela nombrando a alguien para hacerse cargo de los deberes de los padres en caso de que usted y su esposo/a mueran. Si usted muere sin preparar un testamento, el estado de Texas preparará esencialmente uno para usted.

Dejarlo en manos del Estado para determinar quién heredará puede tener un efecto devastador, especialmente si usted o su esposo/a tiene niños nacidos fuera de su matrimonio actual. Cuando uno de los padres con niños nacidos fuera del matrimonio actual muere, sus niños van a heredar la totalidad o la mayor parte de la propiedad, no el esposo/la esposa actual. Por lo tanto, si usted o su esposo/a tiene un niño de otro matrimonio y usted muere sin testamento, los niños de su esposo/a, incluidos los hijos nacidos fuera de su matrimonio actual, van a heredar los bienes de su esposo/a.

Incluso si usted no tiene niños nacidos fuera de su matrimonio actual, morir sin testamento hace que la liquidación de su patrimonio familiar sea más complejo. Esto crea la posibilidad de que las necesidades de su niño que tiene una discapacidad no serán consideradas adecuadamente.

PODER NOTARIAL FINANCIERO

Los testamentos sólo se hacen efectivos después de la muerte. Si usted sobrevive una lesión cerebral y esta condición no le permite tomar decisiones, por ejemplo, a causa de un accidente automovilístico o de un derrame cerebral, su testamento no tendrá un efecto legal. Una creencia popular es que un esposo/una esposa tiene la autoridad legal para actuar en su nombre en asuntos legales. En muchos casos, esto no es cierto. Un poder notarial financiero específicamente nombra a alguien que tiene la autoridad para tomar decisiones legales y financieras por usted si usted no puede hacerlas. Si usted tiene esposo/a o pareja, usted puede especificar que esa persona tenga el poder notarial financiero. Si usted es soltero/a, podría especificar a un padre o a un hermano adulto. (Asegúrese de discutir esto con ellos primeramente.)

PODER NOTARIAL MÉDICO

Un poder notarial médico es parecido a un poder notarial financiero, excepto que  le da a la persona que usted nombre la autoridad para tomar decisiones médicas en su nombre, si usted pierde la capacidad de hacerlas.

DIRECTIVA PARA MÉDICOS (TESTAMENTO EN VIDA)

Una directiva para médicos, a menudo llamado un testamento en vida, expresa los deseos del fin de la vida. Si usted tiene una enfermedad terminal o una condición médica irreversible que ha sido diagnosticada y certificada por escrito por su médico de cabecera, su testamento en vida puede indicar a su médico de no usar métodos artificiales para prolongar el proceso natural de la muerte. O puede ordenar que todos los medios médicos disponibles deben utilizarse para extender su vida durante el mayor tiempo como sea posible. La mayoría de la gente no quiere extender su vida si no hay calidad de vida, pero la opción es siempre suya. Lo importante es que usted debe tomar la decisión y tener en existencia un testamento en vida.

FONDO PARA COMPLEMENTAR NECESIDADES

Si usted tiene un niño con una discapacidad, debería considerar un fondo para complementar necesidades, a veces llamado un fideicomiso para necesidades especiales. La creación de un fideicomiso para necesidades especiales se puede incluir en su testamento o puede ser un acuerdo de fondos por separado.

Es necesario comprender algunos conceptos básicos acerca de los fideicomisos para entender por qué un fondo para complementar necesidades podría ser un beneficio para su familia.

Un fideicomiso es un arreglo legal en el cual una persona, llamada productora, le da algo de valor a otra persona, la cual es llamada fiduciaria, para mantener el beneficio de un tercero, llamado beneficiario. Puede ser útil visualizar un fideicomiso como una bolsa. La persona que compró la bolsa y se la dio a alguien para que la tuviera es la productora del fideicomiso. La persona seleccionada para guardar la bolsa es la fiduciaria. La persona que va a ser beneficiada de cualquier propiedad que el productor del fideicomiso pone en la bolsa es la beneficiaria del fideicomiso.

Por lo tanto un padre que crea un fideicomiso para un niño es el productor del fideicomiso. El niño (o niños) que beneficia(n) del fideicomiso es el beneficiario del fideicomiso. Y la persona seleccionada para mantener o administrar los activos colocados en el fideicomiso es la fiduciaria.

Un niño con una discapacidad que recibe beneficios del gobierno, como Medicaid o SSI , o que podría recibirlos en el futuro puede ser encontrado inelegible para recibir esos beneficios si uno de los  padres muere, y el niño hereda los bienes del padre. Una forma de tratar con esto es simplemente desheredando al niño. Si el niño no hereda, no habrá descalificación. Pero la mayoría de los padres quieren asegurarse de que su niño tenga todas las oportunidades en la vida que ellos son capaces de proporcionarle. Desheredar al niño significa que los fondos no están disponibles directamente para cuidar al niño después de la muerte de un padre.

Un fondo para complementar necesidades puede permitirle a un padre dejar fondos para el cuidado de un niño sin descalificar al niño de los beneficios actuales o futuros del gobierno. Este fondo para complementar necesidades es un tipo específico de fideicomiso que permite que los activos en el fideicomiso sean utilizados para complementar los beneficios gubernamentales. Por ejemplo, los activos en el fideicomiso se podrían utilizar para proporcionar beneficios educativos o de calidad de vida que no pueden costearse exclusivamente con los beneficios del gobierno.

PRÓXIMO PASO: ENCONTRAR A UN ABOGADO

Para encontrar a un abogado que le pueda ayudar con un plan financiero y  de patrimonio familiar que incorpore las necesidades de un niño que tiene una discapacidad, pídales recomendaciones a sus familiares o a sus amigos, y a otros padres en sus grupos de apoyo.

También puede utilizar El servicio de referencia de abogados de la barra de Texas. Usted puede solicitar la referencia en línea, o llamar al número de teléfono gratuito.

TexasLawHelp.org podría ayudarle a encontrar asistencia legal gratis o a un costo reducido.